Latas para conservar comida

¿Conoce los detalles del Real Decreto 1082/2025? Está fechado en 2025, pero sus exigencias han entrado plenamente en vigor en 2026. Siendo más concretos, se trata de la normativa que se ha establecido con el objetivo de regular las denominaciones comerciales y las denominaciones de alimentos en conserva para productos de la pesca y la acuicultura. En la práctica, significa que hay nombres de producto que ya no podrán usarse tal como estaban, así que estamos hablando de elementos específicos que afectan directamente a los envases. No al producto en sí, sino al arte final de las latas.

Como especialistas en envasado para alimentación, desde Grupo Auximara consideramos interesante explicarle algunos de los puntos más relevantes de este RD. ¡Tome buena nota! 

Las nuevas exigencias para las latas de conservas 

En esencia, el Real Decreto 1082/2025 establece cómo deben fijarse y usarse las denominaciones comerciales de los productos de la pesca y la acuicultura, incluyendo sus conservas y preparados. Y es que, hasta ahora, había cierto margen interpretativo en cómo nombrar una referencia según su especie, formato o preparación. Pero esta norma lo cierra: fija qué nombre corresponde a cada producto y en qué condiciones puede usarse.

Lo que cambia en concreto es que una conserva debe nombrarse exactamente conforme a la denominación admitida. No vale «similar», no vale «equivalente». Si el producto es una sardinilla en aceite troceada, la denominación tiene que responder con precisión a eso, no a una versión aproximada que podía ser legal hasta hoy. 

¿Por qué esto llega al envase?

Porque en muchas latas, la denominación no está en una etiqueta adhesiva que se cambia fácilmente. Está litografiada, impresa en la funda o incorporada al diseño del estuche. Si hay que corregirla, hay que corregir el arte final, validarlo, enviarlo a imprenta y fabricar de nuevo. 

Los problemas de no hacer revisiones a tiempo

No le decimos nada nuevo al contarle que las cuestiones relativas al packaging de un producto no se resuelven de un día para otro. Si, por ejemplo, la denominación de una referencia cambia y el diseño ya está en producción, el resultado más habitual es el de un stock de envases que no puede usarse para ese producto. Estas cosas, evidentemente, cuestan dinero. 

¿Qué conviene revisar antes de encargar una nueva tirada?

Nuestro equipo de especialistas en diseño y fabricación de envases metálicos para conservas recomienda estar muy pendientes de estos puntos: 

  • Denominación comercial o del alimento en conserva, confirmada con el departamento de calidad y legal
  • Nombre científico de la especie si aplica, y coherencia con la ficha técnica
  • Forma de presentación: entero, troceado, desmigado, en aceite, al natural, en escabeche…
  • Todos los soportes impresos: lata, etiqueta, funda, estuche, pack agrupado, etc.
  • Stock disponible de envases ya rotulados con la denominación anterior
  • Circuito de aprobación entre calidad, compras, marketing y proveedor

La norma incluye plazos de transición, pero no conviene apurarlos. Cuanto antes se revisen las gamas activas y las próximas producciones, menos riesgo de correcciones cuando el envase ya está en marcha.

En Grupo Auximara le ayudamos en la adaptación al Real Decreto 1082/2025

Cuando una empresa del sector alimentario está actualizando referencias o preparando nuevas tiradas, desde Grupo Auximara trabajamos con sus equipos de calidad, compras y marketing desde el inicio. ¡Lo hacemos antes de la fabricación! Por lo tanto, si tiene conservas de pescado o acuicultura en cartera y quiere revisar el proyecto con nosotros, solo tiene que llamarnos.

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